Cómo hacer la declaración de la renta paso a paso

Lo que importa 📋

  • La Campaña de Renta 2025 ya cerró el 30 de junio de 2026: esta guía explica el proceso general, válido para cualquier campaña.
  • Necesitas identificarte con Cl@ve, certificado electrónico/DNIe o número de referencia (casilla 505).
  • Todo el trámite se hace en Renta WEB, en la sede de la Agencia Tributaria.
  • Puedes comparar declaración individual y conjunta antes de presentar.
  • Una vez enviada, sigue siendo posible modificarla desde la propia sede.

Para hacer la declaración de la renta debes entrar en la sede de la Agencia Tributaria, identificarte con Cl@ve, certificado digital o número de referencia, revisar tu borrador de la declaración y presentarlo en la modalidad que más te convenga. El trámite se realiza a través de Renta WEB, el servicio que sustituye al antiguo programa de escritorio.

Antes de seguir, una precisión importante: la Campaña de Renta 2025 (ejercicio 2025) ya finalizó el 30 de junio de 2026. Si llegas a esta guía buscando cómo presentarla ahora mismo, el plazo de esa campaña concreta ya no está abierto. Lo que sigue describe el proceso paso a paso tal y como funciona cada año, así que te sirve para situarte de cara a la próxima convocatoria.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

Antes de entrar en la parte práctica conviene saber si el trámite te afecta. Los umbrales habituales del IRPF establecen que están obligados a declarar quienes superan los 22.000 € anuales con un solo pagador, o los 15.000 € cuando ha habido varios pagadores durante el ejercicio.

Hay dos situaciones que no dependen de la cifra de ingresos. Quienes han percibido el Ingreso Mínimo Vital están obligados a declarar, y lo mismo ocurre con los autónomos, que deben presentarla independientemente de cuánto hayan ganado.

Si ninguno de estos casos te encaja, puede que no tengas obligación de declarar. Aun así, muchas personas presentan la declaración de forma voluntaria porque les sale a devolver.

Qué necesitas antes de empezar: documentos y forma de identificarte

Antes de entrar en Renta WEB tienes que decidir cómo vas a identificarte en la sede electrónica. Hay tres vías, y elegir la tuya de antemano te ahorra idas y vueltas.

Con Cl@ve (Cl@ve Móvil o PIN por SMS)

Se accede desde «Gestiones destacadas» → «Servicio tramitación de borrador/declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)» → botón «Cl@ve Móvil». Hay tres formas de continuar: escanear el QR con la app Cl@ve, seguir sin QR aportando DNI/NIE más un dato de contraste, o recibir un PIN de 6 dígitos por SMS. Antes de confirmar nada, conviene comprobar que la URL empieza por https://www2.agenciatributaria.gob.es o https://www12.agenciatributaria.gob.es. La confirmación final se hace en la app, con huella, PIN o reconocimiento facial.

Con certificado electrónico o DNIe

Se pulsa «Certificado o DNI electrónico» en la pantalla de identificación y se selecciona el certificado instalado en el navegador. Si usas el DNIe necesitas un lector de tarjetas. Tras identificarte, la aplicación te pide elegir si actúas «en nombre propio» o «como representante».

Con número de referencia (casilla 505)

El dato que necesitas es la casilla 505 de la declaración de la Renta presentada en 2024. Esta vía solo funciona si ya presentaste declaración el año anterior: es la opción más sencilla si no tienes Cl@ve ni certificado, pero no vale para quien declara por primera vez.

Cómo hacer la declaración de la renta paso a paso

Con la identificación decidida, el proceso completo en Renta WEB sigue siempre la misma secuencia:

  • Paso 1. Entra en la sección «Renta 2025» (o la campaña que esté vigente) de sede.agenciatributaria.gob.es y pulsa «Servicio tramitación de borrador/declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)».
  • Paso 2. Identifícate con uno de los tres métodos anteriores y elige «Nueva declaración» o «Continuar sesión» si ya tenías una declaración guardada.
  • Paso 3. Revisa y confirma los datos identificativos del declarante. Si formas parte de una unidad familiar, tendrás que autorizar los datos del cónyuge e hijos con referencia o Cl@ve, salvo que exista un apoderamiento «100P» previo, que evita este paso.
  • Paso 4. Incorpora los datos adicionales que la aplicación te solicite, marcando «Sí» en la columna «Incorporar» de cada apartado.
  • Paso 5. En el «Resumen de declaraciones», compara el resultado de las modalidades calculadas (individual y conjunta) y, si quieres consultarlo antes de decidir, descarga el PDF de vista previa.
  • Paso 6. Pulsa «Presentar declaración» en la modalidad más favorable (Declarante, Cónyuge o Conjunta) e indica la forma de pago o devolución mediante tu IBAN antes de confirmar el envío.

Antes de presentar

El PDF de vista previa que genera Renta WEB sirve solo para consulta: no es un documento válido de presentación. Lo que cuenta es el paso 6 completo, con la confirmación final.

Declaración individual o conjunta: qué diferencia hay y cómo elegir

La modalidad se decide al inicio del proceso, en la pantalla de «Datos identificativos», donde aparece la casilla para calcular solo la declaración individual del declarante. No es una decisión que quede fija de antemano: Renta WEB calcula automáticamente el resultado de cada modalidad disponible cuando hay unidad familiar, y señala con una nota cuál es la más favorable en el «Resumen de declaraciones».

Si optas por la conjunta, tendrás que trasladar los datos del cónyuge y de los hijos con rentas mediante referencia, Cl@ve o un apoderamiento previo. Conviene tenerlo claro desde el principio, porque la situación familiar declarada en esa pantalla no se puede modificar una vez confirmada.

Si es tu primera declaración: qué cambia en el acceso

Quien presenta declaración por primera vez no tiene una casilla 505 de un ejercicio anterior a la que recurrir, así que el número de referencia habitual queda descartado de entrada.

En ese caso, las alternativas son el DNI electrónico con lector de tarjetas, un certificado digital emitido por una entidad reconocida, o darse de alta en el sistema Cl@ve de Hacienda. Una vez resuelta la identificación, el resto del proceso —datos identificativos, resumen de declaraciones, presentación— es idéntico al de cualquier otra campaña.

Conviene ser prudente aquí: más allá de estos tres métodos de identificación, no existe un procedimiento distinto pensado específicamente para quien declara por primera vez.

Plazos de la Campaña de Renta: fechas y cuándo puedes presentarla

La Campaña de Renta 2025, correspondiente al ejercicio 2025, comenzó el 8 de abril de 2026. La vía telefónica se abrió el 5 de mayo de 2026 y la atención presencial arrancó el 1 de junio de 2026, con cierre del plazo online el 30 de junio de 2026. Todas estas fechas ya han pasado a día de hoy: si buscas cómo presentar esta campaña concreta, el plazo ya no está disponible.

Lo útil de cara a la próxima convocatoria es el patrón que sigue la Agencia Tributaria año tras año: apertura online en abril, cita telefónica desde principios de mayo, atención presencial desde principios de junio, y cierre a final de junio. La Agencia Tributaria todavía no ha publicado las fechas de la próxima campaña, la del ejercicio 2026, así que solo puede decirse que, siguiendo ese patrón, previsiblemente se abrirá en torno a abril de 2027 — sin que eso sea, por ahora, una fecha confirmada.

Mientras no se abra la próxima campaña, la sede de la Agencia Tributaria sigue activa para otras gestiones: consultar tus datos fiscales, modificar una declaración ya presentada o solicitar devoluciones de ejercicios anteriores no prescritos.

Errores frecuentes y qué revisar antes de presentar

El borrador que genera Hacienda es un buen punto de partida, pero tiene límites que conviene conocer. No incorpora automáticamente todas las deducciones autonómicas, que dependen de tu comunidad de residencia y suelen exigir una revisión manual apartado por apartado.

Durante el proceso, presta atención a la ventana de aviso de «datos no incorporados»: señala de forma individualizada qué información falta por completar antes de presentar. Si algún miembro de la unidad familiar no está obligado a declarar, la aplicación también lo avisa en una ventana emergente durante la carga de los datos identificativos — no conviene ignorarla.

Si ya presentaste y detectas un error

Una vez enviada la declaración, todavía puedes rectificarla desde la propia sede con la opción «Modificar declaración presentada».

Con estos pasos y estas comprobaciones, el trámite de la declaración de la renta deja de ser un laberinto: es una secuencia con un orden claro, documentación en Cl@ve, certificado o número de referencia, y un resumen final que te muestra la opción más favorable antes de que confirmes nada. Guarda esta guía para cuando se abra la próxima campaña.